DERECHO AMBIENTAL



Derecho Ambiental



Medio Ambiente
Miércoles, 13 de Agosto de 2008 10:57
En la ciencia jurídica, el derecho ambiental es una nueva disciplina, no fácil de entender y muchos se oponen a aceptarla como rama del derecho.
El derecho ambiental en términos generales esta llamado a regular la conducta humana, en su relación con el medio ambiente, y es precisamente este enfoque el que distingue al derecho ambiental de otras ramas del derecho.
Y la premisa es; Si el hombre destruye el medio que lo rodea, pone en peligro en una situación extrema, su propia vida. La constitución de Chile, establece la garantía de vivir en un ambiente libre de contaminación, lamentablemente se ha establecido el principio de que, ¡EL QUE CONTAMINA PAGA! o sea, el que tiene recursos puede contaminar, por tanto se tendría que crear una figura jurídica, que obligue al que contamina a asumir los costos.Chile cuenta con 778 leyes relacionadas con problemas ambientales, y una de las primeras anivel mundial fue la Nº 3133, promulgada y publicada el 7 de septiembre de 1916,con su respectivo reglamento ese mismo año durante el gobierno de don Juan Luís Sanfuente que seria la ley madre en lo que respecta a la contaminación del agua por riles industriales.Esta se actualizo con el decreto DS.351 del año 1992, relacionada con el tratamiento de RILES y oficializada en el año 1998, en la ley de Bases del Medio Ambiente 19300, luego se aprueba la Norma 609 en 1998, que regula los alcantarillados y el 2001 la norma 90 que fija los limites máximos de contaminación.de las aguas superficiales.Comentar y dar detalles de todas esta leyes ambientales chilenas, seria una tarea interminablepues la mayoría se pierden en intricados laberintos de ambigüedad y burocracia, como es el caso de la ley 19300 de Bases del Medio Ambiente, que para cubrir ese vacío legal se escuda en normas internacionales como las NORMAS SUIZAS ,las mas perfectas del planeta y cuando es necesario "resolver un problema ambiental" manifiesta que solo sirven de "referencia" y expongo un caso real, en Chile una empresa eléctrica de tendidos de alta tensión, 220 Kv. (doscientos veinte mil voltios) pretende reconocer solo 20 metros de la línea central del tendido, camino de servidumbre, sin tomar en cuenta la radiación electromagnética que este alto voltaje genera, hasta 100 metros a ambos lados de la línea central causa comprobada de cáncer. Reconocida por las NORMAS SUIZAS y el Instituto Karolinska de Suecia, (que otorga los Nóbel de Física y Medicina) y el EPA, organismo del gobierno Norteamericano.
En nuestro país CONAMA (COPIA DE CONAMA ESPAÑA) Comisión Nacional Del Medio Ambiente , las cosas siguen igual, en los temas ambientales graves, resolvía la junta de ministros, y ahora en la nueva ley de medio ambiente “EL DIRECTORIO” ¡Que son los mismos ministros! O sea cambiamos ¿ para que todo siga igual?
Me pregunto ¿Cuándo el derecho ambiental será derecho?
Eduardo Poo Rodríguez Pres/ ONG MADREAmbientalista

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1 comentarios:

C.Luz dijo...

El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación es responsabilidad del Estado el cual debe velar para que se cumpla este derecho y defender la preservación de la naturaleza. Aún existen algunos temas que no han sido reglamentados y poca definición en lo que se refiere al organismo que regula el tema ambiental en su totalidad. Por otro lado se hace necesario encaminar el actual sistema juridico a un funcionamiento certero, en donde se de prioridad a la protección "real" del medio ambiente en el que vivimos, por sobre el aspecto económico. Si pensamos en : "el que contamina paga" nos haremos ricos como país, pero a cambio de que..?